18-11-2021 12:08 hs.

Se estableció el etiquetado de dióxido de carbono en vehículos

Aprobado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.

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La medida se encuentra publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 383/2021 y  promueve un uso eficiente de la energía, teniendo en cuenta que, en su mayoría, la misma proviene de recursos naturales no renovables.

El Ministerio estableció el etiquetado de dióxido de carbono (CO2) y eficiencia energética vehicular comparativo para medios de transporte livianos.

permitirá conocer la emisión de dióxido de carbono así como el consumo de combustible provenientes de los vehículos livianos
Este tipo de transporte deberá ser identificado desde su fabricación e importación con una etiqueta con el fin que el usuario pueda comparar el producto más conveniente para el consumo y el menos emisor de este gas de efecto invernadero, el cual es el principal gas que incide en el calentamiento global.

A partir del día de la resolución mencionada, las terminales tendrán 180 días para implementar la norma.

Además, la norma establece que los fabricantes y los importadores de vehículos automotores livianos deberán exhibir en sus salones y puntos de venta todos los modelos de vehículos en comercialización con una etiqueta comparativa "removible o permanente" de eficiencia energética vehicular a la vista y otra como inserto en la bibliografía de abordo. En caso de punto de venta virtual oficial de la marca, la exhibición deberá efectuarse junto a la ficha del producto.

Cabe mencionar que las categorías que se aplicarán a las etiquetas comparativas de cada grupo de modelos se definirán en base a las emisiones de CO2 g/km y contemplando seis notas identificadas por letras: A+, A, B, C, D y E.

En este sentido, la A + representará la más eficiente y con menor emisión de CO2, en tanto la E será la menos eficiente y con mayor emisión de CO2.