La AFIP actualizará desde el 1° de mayo los montos mínimos a
partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas
bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización
se había realizado en 2022.
La normativa de la autoridad tributaria, que se publicó ayer
en el Boletín Oficial, incrementó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir
del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de
débito. Asimismo, la Resolución General 5138/2022 lleva de $90.000 a $200.000
la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones
mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
Esto significa que cada compra que un usuario de tarjeta de
débito, es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito,
realice por encima de los $120.000 deberá ser reportada por el banco que emitió
ese plástico a la AFIP.